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El periodista Miguel Delgado acusa al Funcionario y profesor asociado de Derecho en la USC Rafael Álvaro Millán Calenti de un presunto delito de estafa procesal.

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PRESUNTODELITODEFRAUDEPROCESAL

El periodista publica un artículo sobre el extenso Curriculum Vitae (descargable aqui..+) colgado en forma de publicidad en la web Institucional del Gobienro Balear digno del Guinness World Records en enero del año 2018, un mes depués (Febrero..ver...+) el Sr Calenti llama al Gobierno Balear por teléfono para que le retiren de la web dicho cirruiculum, y tras la retirada presenta QUERELLA CRIMINAL en el Juzgado de Santiago..+ donde dice tener pleno control gracias al marido de una de las magistradas con el que mantiene vinculos institucionales y contratos por sus servicios y al que nombra de testigo de cargo en dicha querella...+, por un delito de calumnias contra el periodista en contra de la fiscalía de Santiago que afirma presenta las querellas sin pruebas...+, la persecución dia y noche es constante a el y sus familiares a través de un falso dominio durante 9 meses www.rafaelalavaromillancalenti.es  para difamar al periodista tachándolo de calumniador sin sentencia que le avale y en contra de la fiscalía de Santiago que afirma, presenta las querellas sin pruebas....+

 La Estafa Procesal castiga la utilización de un procedimiento judicial para obtener un beneficio ilícito, consistente en el reconocimiento judicial de un derecho que no se tiene y para cuyo reconocimiento se utiliza una maniobra engañosa de naturaleza procesal.

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El fraude procesal requiere que el sujeto activo acuda al dolo, teniendo plena certeza de que su propósito es inducir a error al administrador o al funcionario judicial. Por el contrario, si el yerro se genera actuando de buena fe, es decir, sin tener la intención de quebrantar la legalidad, no se le puede endilgar responsabilidad penal alguna, aclaró la Corte Suprema de Justicia.

El alto tribunal precisó que la utilización de medios fraudulentos en una actuación judicial o administrativa se caracteriza por presentar las cosas o los hechos de manera diferente a como pasaron en realidad.PRESENTACIONQUERELLA24DEMARZO

Así, “para que determinado comportamiento configure el delito de fraude procesal, se requiere que quien pueda inducir a error a una autoridad tenga el deber jurídico de decir la verdad o de presentar los hechos en forma verídica, esto es, el fraude procesal se presenta cuando una persona interesada en resolver determinado asunto que se adelanta ante alguna autoridad judicial o administrativa, provoque un error a través de informaciones falsas, todo ello con la finalidad de obtener un beneficio, el cual no habría sido posible si la información ofrecida hubiere correspondido a la verdad”, agrega la sentencia.DECRETOFISCALPIDIENDOELARCHIVO

La Corte precisó que este delito es un tipo penal de mera conducta, que se consuma con la producción del error, aunque no alcance a manifestarse en la sentencia, resolución o acto administrativo.

testigosdecargocontramigueldelgado montero villar Fuentes Losada

El historial de actividades públicas y privadas del sr Millán Calenti publicitado gratuitamente con recursos públicos desde el año 2014 hasta el año 2018 en la web del Gobierno Balear

CurriculumVitae RafaelAlvaroMillanCalenti 2014 a 2018

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Categoría: Tribuna de Feijóo
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