Rosa Quintana do PPdeG é a maior encubridora do "furtivismo marisquero de España" arroupando e tapando ao Patrón Maior da Coruña identificado pola Garda Civil mariscando ilegalmente.

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O portavoz de Marisqueo do Grupo Socialista, Julio Torrado, censurou hoxe a falla de recursos postos “enriba da mesa” pola administración autonómica na loita contra o furtivismo. Así o dixo na comparecencia do goberno en Comisión para facer balance desta actividade, na que os socialistas reclamaron sancións “duras e eficaces” contra furtivos e sobre quen adquire o produto “a sabendas”. Rosa Quintana "colabora ENCUBRIENDO AL PATRÓN MAYOR DE A CORUÑA COMO FURTIVO IDENTIFICADO POR LA GUARDIA CIVIL" con resoluciones y oficios inadmitiendo las denuncias y colaborando con el furtivo jefe de una organizaciónd e furtivos según declaraciones de los perjudicados, vendiendo por canales de la Lonja el producto posiblemente contaminado con CLINKER de los bloques del puerto exterior, material altamente cancerígeno que se suma al subvencionado con dinero público para importar PANGA para hospitales y colegios públicos.

 

Torrado apuntou á “imprescindible coordinación” entre os departamentos implicados na loita contra o furtivismo, que supón un fraude que pon en perigo a saúde do consumidor, vulnera a competitividade e dificulta a optimización dos recursos marisqueiros. A dispersión das funcións entre as distintas administracións, explicou, reducen a eficacia da loita contra esta actividade.

Engadiu que a falla de medios e recursos impide perseguir estas actividades fraudulentas de xeito eficaz, e puxo como exemplo as tarefas de vixilancia, que a administración descarga nas confrarías pero provoca que as axudas cheguen “tarde e mal”. Estas entidades non dispoñen de liquidez, dixo, para exercer as tarefas ás que lle obriga a Xunta, cando “sería moito máis razoable que a administración asumira a vixilancia”.

Apuntou ademais á necesidade de ser “especialmente duro” á hora de sancionar para salvar as dificultades que impoñen os propios furtivos, que realizan esta actividade deliberadamente con vehículos e embarcacións que non son da súa propiedade. Reclamou “valentía” para sancionar tamén o uso habitual destes vehículos e contemplar sancións que non sexan materiais para os detidos que se declaren insolventes.

Abriu ademais a posibilidade de sancionar tamén a aqueles que adquiren os produtos a sabendas que procedan do furtivismo como unha forma de “pechar o círculo” para perseguir esta actividade dende tódolos ángulos posibles. Alertou contra o perigo de “deixar espazos baleiros ou fendas no sistema” polo que poidan deslizarse estas actividades.

Campañas

O responsable socialista aplaudiu a iniciativa de impulsar campañas de concienciación dende o goberno galego, pero lembrou a paradoxa daquela realizada baixo o lema “Non piques, non peques”, que “sorprendentemente recomendaba consumir especies en tempo de veda, co que “con toda probabilidade procederan do furtivismo”.

Ademais, acusou ao goberno galego de “deseñar ideas para que as apliquen os demais”, iniciando campañas que obrigan a financiar aos concellos, “fartos de que o goberno galego os sobrecargue de funcións que non van acompañadas de orzamentos”.

Rosa Quintana "colabora ENCUBRIENDO AL PATRÓN MAYOR DE A CORUÑA COMO FURTIVO IDENTIFICADO POR LA GUARDIA CIVIL" inadmitiendo comunicados de denuncia infringiendo la Ley de Cofradias y LEC.{attachments}

Que con fecha 08/11/2017 10:57:03 se realizó una "DENUNCIA" nada que ver con una solicitud (tal y como consta en los escritos) mediante servicio telemático de la Xunta de GaLICIA MEDIANTE EL FORMULARIO pr100a POR LA IMPOSIBILIDAD FÍSICA Y ACREDITADA EN LA QUE NI LOS PROPIOS ASESORES DEL 012 DE LA xUNTA FUERON CAPACES DE INFORMAR AL EFECTO, SOBR EL FORMULARIO ADECUADO, DE LO QUE LA SECREATRÍA NO PUEDE ALEGAR DESCONOCIMIENTO AL SERLE TRASLADADO EN VARIOS EXPEDIENTES EL FRACASOD SISTEMA TELEMATICO COMO SE EXPONDRÁ,  de INTERVENCIÓN DE LA COFRADÍA DE A CORUÑA por presuntos delitos penales y administrativos de furtivismo del Patrón Mayor, en el que se aportaba doicumentación al efecto por el registro telemático de la Xunta de Galicia tras ver fracasados los intentos del formulario adecuado al estar " OCULTADOS INTENCIONADAMENTE " a los usuarios y consumidores, utilizando las irregualridades para encunbrir a los "furtivos" de forma torticera y presuntamente delictiva, DEJANDO CLARO, su interés en proteger al FURTIVO Y PATRÓN MAYOR DE A CORUÑA.

Que con fecha 13 de Diciembre de 2017 se notifica mediante correo ordinario con acuse de recibo escrito del Vicesecretario Sr Carlos Gómez, sobre la Referencia PR100A-20171108-564532, del servicio telemático de la Xunta de Galicia, notificando la RESOLUCIÖN, del día 11 de Diciembre firmada por la "RECUSADA" María Isabel Secretaría Xeral Técnica inadmitiendo los escritos en base a la Ley  de Transparencia Pública cuando consta sobradamente que era una DENUCIA Y SOLITUD DE MEDIDAS CAUTELARES POR PRESUNTOS DELITOS PENALES Y CONTRA LA SALUD, DE COMPETENCIA DESLEAL Y FURTIVISMO POR EL PATRÓN MAYOR DE LA COFRADÍA DE A CORUÑA certificados por la Guardia civil.

La web de la XUNTA atentando y vulnerando a los usuarios y consumidores no solo oculta los formularios y servicios, documentos públicos, si no que lo hace de forma TORTICERA Y CON DOLO, de forma premeditada e intencionada, UTILIZANDO LOS ARDICES Y FRAUDES para resolver contra los ciudadanos y a favor de los presuntos delicuentes,,,,Y para muestra llega un botón,. La web de la Xunta recibe ordenes expresas de OCULTACION DE LOS FORMULARIOS Y DOCUMENTOS para INADMITIOR SOLICITUDES de los USUARIOS Y CONSUMIDORES

SE ADJUNTA "peritación notarial firmada digitalmente de terceros" sobre el contenido de la web www.xunta.gal ordenando la ocultación de los formularios del procedimiento.

Ver: https://www.xunta.gal/robots.txt

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Ver también; https://es.wikipedia.org/wiki/Estándar_de_exclusión_de_robots  EXCLUSIÖN DE DOCUMENTOS A MOSTRAR A LOS USUARIOS Y CONSUMIDORES.

Tras reiteradas peticiones, recursos y solicitudes de certificación del silencio administrativo "que se adjuntan" el día 13 de Diciembre es notificado oficio INADMITIENDO la solicitud de intervención por delitos en la Cofradía de A Coruña, "ampándose en los formilarios ocultados intencionadamente" por la Consellería do Mar, sin entrar en el fondo del asunto, dejando claro que a la actual Conselleira do Mar Sra Rosa Quintana que se cometan delitos y el Patrón mayor de la Cofradía a la que destina jugosas subvenciones públicas no le "preocupa" ni a nivel privado ni público, convitiendo en "IGNORANCIA DELIBERADA" la obligación de intervenir ante la comisión de presuntos delitos de los que tiene sobrado conocimiento.

Por todo ello, y dando por reproducidos la totalidad de los DOCUMENTOS DEL EXPEDIENTE, se insta de forma EXPRESA a remitir a la Fiscalía de Galicia el mismo junto al informe sobre el asunto de esa Consellería a la que PLADESEMAPESGA ACUSA a la Secretaría Xeral Técnica y al Vicesecretario DE "COLABORADORES NECESARIOS" PARA ENCUBRIR BAJO LOS ARDICES-FRAUDES PROCESALES el furtivismo impune en la cofradía de A Coruña.

En resumen, y salvo mejor información, lo único que nos consta es que funcionarios de la CONSELLERÍA DO MAR, SECRETARÍA XERAL TÉCNICA Y VICESECRETARIA se niegan, o dilatan, o dificultan el acceso a procedimientos, expedientes o documentación administrativa necesaria para PROTEGER A LOS CIUDADANOS, ENCUBRIENDO DELITOS E IRREGULARIDADES PERFECTAMENTE DOCUMENTADAS Y AVALADAS POR LA MISMA GUARDIA CIVIL, negándonos las investigaciones, pese a los reiterados requerimientos de los que ya tienen sobrados antecedentes, pero que bajo la IGNORANCIA DELIBERADA HUYEN DE ENTRAR EN EL FONDO DEL ASUNTO,  haciéndose acopio de ardices administrativos con un único fin "ENCUBRIR Y PROTEGER A LOS FURTIVOS DE LAS RIAS DE GALICIA CON RESPONSABILIDADES TUTLEDAS DE LA CONSELLERÍA DO MAR y que parecen no darse por enterados de relevantes comunicaciones y documentos con firma digital enviados, vulneradon las leyes penales, administrativas y lo más grave las de CUSTODIA Y TUTELA de la Cofradía de Pescadores de A Coruña, donde no se nos ha notificado nu una mínima investigación ante los hechos de extrema gravedad como es " hacer negocio con el marisco ilegal, furtivo utilizando la lonja y cofradía subvencionada por la Consellería do Mar, DE LA QUE HASTA EL MISMO GUARDACOSTAS RELATA MEDIANTE VIDEO LOS HECHOS DELICTIVOS.

La nueva Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas regula en su art. 62 la incoación de oficio del procedimiento sancionador precedida por una denuncia presentada por un particular, de la misma forma que lo hacía el art. 11.1 d) del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.

El art. 69 nos dice que la “incoación del procedimiento sancionador se comunicará al denunciante cuando las normas reguladoras así lo prevean” por lo tanto, la notificación de la incoación del procedimiento sancionador ya no será siempre preceptiva tal como preveía antes el art. 13.2 del RP “el acuerdo de iniciación se comunicará al instructor, con traslado de cuantas actuaciones existan al respecto y se notificará al denunciante”.

El artículo 408 del Código Penal dispone que: “La autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejare intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables, incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años”.

Este es un delito de omisión pura; es decir, de inactividad. Es necesario que la autoridad tenga entre sus competencias o atribuciones legales la de perseguir o promover la persecución de los delitos que tenga conocimiento. Es necesario, por tanto, que se den dos requisitos: el primero, que entre las funciones propias de su cargo esté la de perseguir delitos o promover su persecución; y el segundo, que tenga cocimiento de la existencia de algún delito y no lo evite o no lo persiga. Debe tener plena certeza de que ese delito se va a producir, que se está produciendo o que se ha producido.

El artículo 412 apartado tercero del Código Penal, el cual dispone que: “La autoridad o funcionario público que, requerido por un particular a prestar algún auxilio a que venga obligado por razón de su cargo para evitar un delito.

III.  INFRACCIÓN PENAL ESPECIAL

La omisión de persecución del delito puede provenir de un particular o de un funcionario público. En este último caso, estaríamos ante un delito contra la Administración Pública, por lo que el bien jurídico a proteger sería otro que el cometido por un particular.

Dos son los tipos penales que se regulan en el capítulo II del título XIX del Código Penal, cuya rúbrica es “Del abandono de destino y de la omisión del deber de perseguir delitos”.

Se considerará funcionario público todo el que por disposición inmediata de la ley o por elección o por nombramiento de autoridad competente participe en el ejercicio de funciones públicas".

 El Decreto 46/2012, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería del Medio Rural y del Mar  y teniendo en cuenta la sujeción de las cofradías de pescadores a la tutela de la Administración pública gallega, ejercida a través de esta consellería, entendemos como una INFRACCIÓN EXTREMADAMENTE MUY GRAVE al DECRETO 8/2014, de 16 de enero, por el que se regulan las cofradías de pescadores de Galicia y sus federaciones y  Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. cON SOBRADOS INDICIOS DE prevaricaciön administrativa de;

-María Isabel Concheiro Rodriguez-Segade
 Secretaria general técnica
-Edificios administrativos - San Caetano, s/n
 15781 Santiago de Compostela
-Tel.: 981 544 038 / 981 995 339 - Fax: 981 544 037
-Correo-e:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

-Carlos Gómez Martinez
 ViceSecretario Xeral
-Edificios administrativos - San Caetano, s/n
 15781 Santiago de Compostela
-Tel.: 981 544 038 / 981 995 339 - Fax: 981 544 037
-Correo-e:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Como mejor proceda solicito que, teniendo por presentado este escrito de denuncia, la Secretaría Xeral Técnica o su Vicesecretario dén traslado de toda la documentación relativa a este expediente junto al informe al efecto a la Fiscalía General del Estado FGE con copia completa para esta entidad, preferentemente en formato digital, por correo electrónico a la mayor brevedad posible, sin perjuicio ni renuncia de otras actuaciones o instancias que pudieran correspondernos, por ser de hacer Justicia que pedimosen la fecha de la firma digital.

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