Mar Sanchez Sierra utiliza y invierte millones de euros públicos a "dedo" sin que nadie conozca ningun beneficio que vaya más allá del PPdeG.

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Todas las empresas de Galicia hacen inversiones para producir beneficios. Los beneficios que busca María del Mar Sánchez Sierra en su faceta de la multitud de cargos públicos y Dirección de comunicación del PPdeG solo los conoce ella, no existe ninguna información posterior a las adjudicaciones, por lo que se entiende que tras adjudicar el dinero público ( millones), desaparece sin más explicación pública de ningún tipo. Ver ejemplo; 238.986,20 sen IVE a la entidad Bap Conde basándose en una resolución hecha a la medida (descargable) de la que se niegan los datos, los adjudicatarios y los logros o fines del nombrado dinero público que no sea disolverlo y hacerlo desaparecer bajo el nombre de " 25 de Julio"....

Este año 2019 adjudica directamente la Secretaría de Medios renunciando a la entidad BAP CONDE, que los últimos años recibió adjudicaciones a "dedo" de millones de euros sin que se conozca, quien o quienes eran los adjudicatarios al serle trasladada la gestión de decidir a quien o quienes se les daban los contratos menores de los fondos públicos de la Secretaría de Medios, tal y como consta en una resolución, la entidad Bap Conde envió un burofax con amenazas de sumarse con una querella criminal a la presentada por Mar Sánchez Sierra ( persiguiendo también judicialmente a los familiares del periodista ) si no borrábamos la información de las adjudicaciones y del PPdeG, información con sobrados indicios de delitos penales. Llegando a ponernos una conciliación en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 11 DE A CORUÑA Conciliación X53 Conciliación 0000797/2018  que quedó sin avenencia del periodista Miguel Delgado refirmándose en la veracidad de todo lo publicado.

Mar Sánchez Sierra a través de la Secretaría General de Medios de la Xunta de Galicia adjudica un contrato directamente y sin concurrencia pública a la Entidad Bap Conde por valor de 238.986,20 sen IVE basándose en una resolución hecha a la medida (descargable) según la propia resolución de la Secretaría Procedemento: TR_3/2018 Nº RSCTG 138/2019 Publicado el contrato en el BOP (no), DOG (no),BOE(no), DOUE (no). Información do procedemento.
Documentos, NO CONSTAN Mesas de contratación NO CONSTAN Resolución SI CONSTA Formalización NON CONSTAN Execución NON CONSTAN Históric NON CONSTAN. ( todos los documentos descargables al fondo de este art. mediante licencia GNU )....+

 Mar Sánchez Sierra es la única empresaria a través de cargos públicos del Mundo que nadie le pide explicaciones sobre los beneficios del dinero público invertido o dilapidado.

No hay constancia de la publicación del concurso público previa a la resolución, sobre la oferta de contratación, constando como escogidas a "dedo" por la misma Secretaría de Medios, las entidades seleccionadas según la Resolucion_1_Lote_0-adxudicacionbapconde-2015 que se adjunta no saliendo en concurso público en BOE(no) BOP (no), DOG (no), DOUE (no) para poder presentar ofertas los interesados.

La Secretaría General de Medios de la Xunta de Galicia publica una licitación cuyo objeto es una campaña publicitaria de la Campaña del 25 de Julio del año 2015 y el valor del contrato es de 238.986,20 euros sen IVE , tras ser rechazadas las 3 por concurrir temerariamente a la baja se presentan 3 empresas, entre ellas la que luego adjudican a dedo ( Bap Conde ), rechazan a una de ellas por no cumplir requisitos, la segunda  en base a un informe técnico de fecha 03/07/2025 , luego y por último, debido a unas fórmulas matemáticas que solo ellos conocen, queda seleccionada la empresa Grupo Bap & Conde, S.A con la puntuación y presupuesto mucho más alto.

Al no admitir a ninguna empresa, el concurso, presenta la apariencia de ajustárse a la Ley de Contratos del Estado, y a continuación adjudican a dedo a la empresa Grupo Bap & Conde, S.A.

Estos hechos, según la web http://www.laagenciadescalificacion.org/visualizar_articulo.php?YTozOntzOjI6ImlkIjtzOjI6IjY4IjtzOjc6Imxpc3RhZG8iO3M6MTA6Im9yZ2FuaXNtb3MiO3M6NDoibWFpbCI7czowOiIiO30= ( preservada en http://archive.is/wip/ytPR3 ) podrían incurrir en:

1) Un delito de Prevaricación de los funcionarios públicos y otros comportamientos injustos, previsto en el artículo 404 del Código Penal, que dispone que “A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años.”

2) Un delito de cohecho, previsto en el artículo 419 del Código Penal, que señala que “La autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, recibiere o solicitare, por sí o por persona interpuesta, dádiva, favor o retribución de cualquier clase o aceptare ofrecimiento o promesa para realizar en el ejercicio de su cargo un acto contrario a los deberes inherentes al mismo o para no realizar o retrasar injustificadamente el que debiera practicar, incurrirá en la pena de prisión de tres a seis años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a doce años, sin perjuicio de la pena correspondiente al acto realizado, omitido o retrasado en razón de la retribución o promesa, si fuera constitutivo de delito.”

3) Un delito de los fraudes y exacciones ilegales, previsto en el artículo 436 del Código Penal, que señala que “La autoridad o funcionario público que, interviniendo por razón de su cargo en cualesquiera de los actos de las modalidades de contratación pública o en liquidaciones de efectos o haberes públicos, se concertara con los interesados o usase de cualquier otro artificio para defraudar a cualquier ente público, incurrirá en las penas de prisión de uno a tres años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a diez años. Al particular que se haya concertado con la autoridad o funcionario público se le impondrá la misma pena de prisión que a éstos, así como la de inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar con entes, organismos o entidades que formen parte del sector público y para gozar de beneficios o incentivos fiscales y de la Seguridad Social por un tiempo de dos a cinco años.”

4) Un delito de negociación y actividad prohibida a funcionarios públicos, y abuso en el ejercicio de su función, previsto en el artículo 439 del Código Penal, que señala que “La autoridad o funcionario público que, debiendo intervenir por razón de su cargo en cualquier clase de contrato, asunto, operación o actividad, se aproveche de tal circunstancia para forzar o facilitarse cualquier forma de participación, directa o por persona interpuesta, en tales negocios o actuaciones, incurrirá en la pena de prisión de seis meses a dos años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a cuatro años.”

Licitación del contrato en el perfil del contratante, incluyendo la resolución que adjudica a "dedo" el concurso a Bap Conde se incluye en este pdf:

Adjudicación a dedo en el perfil del contratante: https://www.contratosdegalicia.gal/licitacion?N=23055&OR=141&ID=801&S=C&lang=gl

La Adjudicación a dedo no hay constancia de su publicación en el BOE(no) BOP (no), DOG (no), DOUE (no)

Todos estos delitos presuntamente se han cometido mediando fraude de ley en la celebración de concursos públicos, vulnerando las previsiones contenidas en la Ley de Contratos del Sector Público, tanto en su redacción dada por la Ley 30/2007, como por la del Real Decreto Legislativo 20/2011, de 14 de noviembre, Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Y Modificación publicada el 09/02/2019.

 

El modus operandi delictual consiste precisamente en un concurso público y declararlo desierto, o desechar los concurrentes bajo informes técnicos que no se han hecho públicos, para posteriormente, y bajo la cobertura legal de la Ley de Contratos del Sector Público poder adjudicarlo de forma directa.

Para ello se emplean los siguientes artificios:

1) Establecer un precio de licitación de concurso totalmente fuera de mercado, que resulte inasumible para una empresa en condiciones habituales de mercado ( Hay que recordar que las 3 empresas fueron desechadas por concurrir temerariamente a la baja, ver resolución de la adxudicación ).

2) Posteriormente y una vez declarado desierto, proceder a su adjudicación directa, a una persona física o jurídica.

Esta adjudicación directa se hace con total vulneración de las normas de excepcionalidad que han de regir esas adjudicaciones directas, vulnerando no solamente la legislación vigente sino la clara y reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo al respecto, entre otras, establecida en Sentencia de 18/04/1989.

3)Adjudicar al ganador del concurso las prórrogas que el contrato admita, con el procedimiento de negociado sin publicidad.

TERCERO.- Los beneficiarios de este modo de proceder fueron en este concreto caso la empresa Bap Conde en tanto en cuanto se adjudicó el concurso por el precio de 238.986,20 sen IVE euros. Y posteriormente se benefició de la adjudicación.

La realidad es que el concurso debió salir a licitación por precio aproximado total, para garantizar así la libre concurrencia. Sin embargo, al resultar elegida la empresa Bap Conde por un precio total de 238.986,20 sen IVE se cometió presuntamente un fraude de ley encaminado a lograr servicios por un total de 238.986,20 sen IVE, vulnerando claramente la Ley de Contratación del Sector Público.

Curiosamente cuando Mar Sánchez Sierra asume la comunciación en el PPdeG de A Coruña el diario el País publicaba un amplio reportaje sobre los modos y formas de actuar la entidad BAP CONDE con el PPdeG  así;

Diario el País.
Los papeles de Bárcenas implican al PP gallego en la financiación ilegal.

 

El extesorero documenta ante el juez las donaciones opacas registradas en 2006


Un exgerente explicó por escrito a la sede nacional la contabilidad B de Galicia


Estos tres apuntes de la contabilidad paralela coinciden, céntimo a céntimo, con otros ingresos registrados en la documentación oficial del PP.

Así, en el extracto de cuentas del PP nacional, consta el 12 de mayo de 2006 un pago a una empresa gallega de publicidad (BAP Conde) por 42.432 euros y el 27 de octubre de ese año constata una “subvención” al PP gallego de 80.000 euros.


Xosé Hermida | José Precedo Santiago de Compostela ­ 12 AGO 2013 ­ 00:31 CEST
Fuente de la noticia; https://elpais.com/ccaa/2013/08/11/galicia/1376245432_004762.html
Notarizada en;
https://web.archive.org/web/20180918083312/https://elpais.com/ccaa/2013/08/11/galicia/1376245432_004762.html 


Un fraude de 1.3 millones de euros en publicidad de la Secretaría General de Medios de la Xunta de Galicia (68)

Por: el_investigador 19 de Enero de 2013


Rechazan la oferta de la empresa Grupo Bap & Conde, S.A., entre otras, y luego le adjudican a dedo el contrato.
Fuente; http://www.laagenciadescalificacion.org/default.php
Notarizada http://web.archive.org/web/20180918083708/http://www.laagenciadescalificacion.org/default.php
Artículo completo ;
http://web.archive.org/web/20171206042801/http://www.laagenciadescalificacion.org:80/visualizar_articulo.php?YTozOntzOjI6ImlkIjtzOjI6IjY4IjtzOjc6Imxpc3RhZG8iO3M6MTA6Im9yZ2FuaXNtb3MiO3M6NDoibWFpbCI7czowOiIiO30=

Curiosamente el titular del Grupo Bap Conde crea una Fundación Knowcosters, se adjunta DOG AnuncioCA04-06-BapConde-Fundación Knowcosters.pdf, declarada de interés gallego, Fundación Knowcosters DOG Nº 51 Viernes, 14 de Marzo de 2014 Pág.11.005 y de interés social en el DOG Nº 25 Jueves, 6 de Febrero de 2014 Página 5004 para fomentar el consumo de los productos que ellos mismos hacen campaña como agencia sobre el dinero público coincidiendo con la proliferación de fundaciones bajo su mandato y que ya tiene amplio conocimiento de ello es el caso de la Fundación Fremss o Fundación Océano Vivo, Arao, Cetpec, O Noso Mar, etc. https://pladesemapesga.com/attachments/article/157/documento2.pdf

09-07-2012 GRUPO BAP CONDE, S.A. A15347628 España 697.584,88 € PR RWEB01

Negociados sen publicidade, (Expte. nº: PN 2/2012), 712.015,74 € sen IVE ID 17675

Referencias;

* http://www.pladesemapesga.com/print.php?sid=46550

http://www.xornalgalicia.com/descargas/secretariademediosxuntadegalicia/Justificanteenviopeticiondeinformacion.pdf 

http://xornalgalicia.com/print.php?sid=90087 

http://www.xornalgalicia.com/descargas/secretariademediosxuntadegalicia/cartaBapConde.pdf 

Se reiteraba el día 24 de Febrero de 2013 sobre la petición de información, sin respuesta.

DO/S S37, 23/02/2012, 60110-2012-ES, Estados miembros - Contrato de servicios -Anuncio de licitación - Procedimiento abierto

DOG Núm. 310 Miércoles 26 de diciembre de 2012 Sec. V-A. Pág. 60724, 3. Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: Urgente.
b) Procedimiento: Negociado sin publicidad. 4. Valor estimado del contrato: 1.308.641,03 €.

BOE 26/12/2012 Documento BOE -B- 2012-44844

Sin haber transcurrido el año “diez meses” desde la jugosa partida de la Secretaría de Medios Febrero de 2013, el Grupo Bap Conde accede a más dinero público de la Xunta de Galicia, en esta ocasión 2.975.206,61 euros sin IVA excluido, en Diciembre del mismo año, de lo que emite nota de prensa “campaña de BAP&Conde para Turismo de Galicia” y de lo que el ex Secretario Xeral Técnico de Medio Rural e do Mar, Sr. Alfonso García Magariños, compartía de forma simultanea en esas fechas, Enero-Diciembre, en (Turgalicia) su cargo de Consejero y Secretario de dicha entidad entre otras muchas vocalías en consejos de administración de entes relacionados con la Xunta de Galicia, DOG Núm. 13 Martes, 21 de Enero de 2014 Pág. 2386, sobre los lotes de la campaña citada

Detalle de Procedemento; 19664 – Plataforma de Contratos Públicos, siendo el perfil del Contratante la Axencia Turismo de Galicia en fecha 9/10/2013, días antes de formalizarse los lotes que corresponden a los días 10 (documento16 DOG Núm. 209 Xoves, 31 de Octubre de 2013 Páx. 42851, por un importe total de

4.500.000 Millones de euros y 11 de Diciembre de 2013, documento17 de la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea) que aun no tenía absorbido a la Sociedad de Imaxe y Promoción Turística de Galicia “ www.turgalicia.es “, con nota de la Xunta de Galicia publicitando la campaña de referencia.

De forma más que curiosa, el entramado de la Operación ZETA sobre cursos de formación, mantiene unas profundas relaciones con la Xunta de Galicia, con Miguel Conde, Presidente de Bap - Conde, así el Teatro Auditorio Ciudad de Alcobendas reunía a gran parte de los imputados en la Operación ZETA de los cursos de formación en el año 2012 y altos cargos del Partido Popular en representación de instituciones públicas de la Xunta de Galicia.

El Premio fue concedido a Miguel Conde (Presidente y Director General Creativo de BAP&Conde) se llevó uno de los máximos galardones en el apartado de “Autónomos del Año”, sin contar con las dispersas relaciones dentro de la Xunta de Galicia. más en; https://xornalgalicia.com/9759-rosa-quintana-utiliza-el-dinero-publico-en-campanas-de-publicidad-institucional-que-incumplen-la-ley-y-corrompen-los-medios-de-comunicacion  {attachments}

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